Servicios Guía de legalización
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Projectes tècnics i legalitzacions

Legalización de bares y restaurantes

El Decreto nº 317/1994 de Ordenación y Clasificación de Establecimientos de Restauración clasifica los establecimientos de restauración en alguno de los siguientes tres grupos:
  • Restaurante
  • Bar
  • Restaurante-bar
En este decreto se define establecimiento de restauración como: local abierto al público que tiene por actividad principal suministrar de manera habitual y mediante precio comidas y bebidas para su consumo, el cual, bajo ciertas condiciones, puede realizarse fuera de las instalaciones de la actividad (comida “para llevar”).

Legalización

La legalización de este tipo de actividades no entraña excesivas dificultades, pero es muy recomendable que el promotor se asesore antes de tomar una decisión, pues el total de “extras” puede alterar bastante el presupuesto necesario.

Los establecimientos de restauración son actividades del anexo III de la LIIAA (régimen de comunicación y control ambiental), así que las licencias de actividad se tramitan íntegramente en el ayuntamiento del municipio donde se ubican.

Cada municipio tiene autoridad para establecer su propio procedimiento de legalización dentro de los límites establecidos por la LIIAA y el reglamento que la despliega. Las características del procedimiento (anexo III en este caso) se definen en la ordenanza de actividades del municipio. Los municipios que no han establecido ninguna ordenanza particular se adhieren a una ordenanza tipo.

Por lo general, el contenido de la documentación a presentar y las etapas del proceso de legalización son muy similares entre municipios. La pauta habitual es presentar un proyecto técnico de actividad y un “asume” técnico, esperar a que los distintos servicios técnicos de ayuntamiento den su conformidad, recibir una visita de inspección, y finalizar el trámite entregando un certificado técnico de conformidad.

Paralelamente a la licencia de actividad, los municipios establecen que se solicite la licencia de obras (si las hubiere). Se requiere presentar un proyecto de obra siempre que se cambie la distribución del local (levantar tabiques), o se realicen actuaciones estructurales. La solicitud de la licencia se realiza entregando el proyecto y un asume técnico de obra.

En los siguientes párrafos se hace un resumen no exhaustivo de aspectos que se deben tener en cuenta para abrir un establecimiento de estas características:

Instalación eléctrica

Estas actividades están clasificadas como “local de pública concurrencia” en el Reglamento Electrotécnico. Para legalizar la instalación eléctrica necesita un proyecto técnico eléctrico, un instalador autorizado (boletín) y contratar la realización de un control eléctrico a una EIC (Entitat d’inspecció i Control). En este control se verifica el estricto cumplimiento del Reglamento, y por tanto, debe diseñarla alguien que lo conozca, y en especial la instrucción técnica sobre locales de pública concurrencia.

Instalación de gas

La legalización de la instalación de gas es en ocasiones más sencilla que la eléctrica. Esto ocurre cuando su potencia útil no supera los 70kW. En estos casos es suficiente la intervención de una empresa instaladora autorizada (boletín). Cuando se superan los 70 kW el proceso de legalización es muy similar al eléctrico (proyecto de gas y control).

Supresión de barreras arquitectónicas

En el Código de accesibilidad de Cataluña se establece que los locales de más de 50 plazas deben disponer de un itinerario adaptado, servicios adaptados, mobiliario adaptado y escaleras adaptadas. Esto implica rampas de acceso con pendientes inferiores al 12%, servicios higiénicos con 1,5 metros de circunferencia libre de obstáculos, sistemas de asistencia en sanitarios, etc.

Si el local no supera las 50 plazas, no es obligatorio aplicar estas medidas.

La ocupación se calcula* dividiendo la superficie del comedor o sala de degustación entre 1,5. Así pues, el límite se sitúa en los 75 m2.

* Decreto nº 317/1994 de Ordenación y Clasificación de Establecimientos de Restauración

Ventilación, extracción y temas contra incendios

El local debe estar ventilado, ya sea mediante ventilación natural o forzada. En general la ventilación natural se consigue dejando aberturas en el local (puertas, ventanas, luminarias, etc.), que comunican con el ambiente exterior. La ventilación forzada utiliza ventiladores para conseguir la renovación. De acuerdo con el reglamento aplicable, la calidad del aire en bares y restaurantes debe ser IDA 3 (aire de calidad media), que se relaciona con un caudal mínimo de renovación de 8 l/segundo y por persona. La ventilación general del local debe ser independiente de la ventilación de los servicios higiénicos.

Los humos y vahos producidos en la cocción de alimentos debe ser conducida al exterior por un sistema de extracción que disponga de filtros retenedores de grasas. La chimenea debe sobrepasar 1 metro de altura cualquier obstáculo en 10 metros a la redonda. De acuerdo con la DB-SI, Seguridad en caso de incendio, los extractores de las cocinas deben aguantar temperaturas de 400ºC durante 90 minutos. Además, a partir de 50kW de potencia instalada las cocinas deben disponer de un sistema de extinción automático.

Uso de la energía solar térmica

La mayoría de los municipios de la provincia de Barcelona tienen ordenanzas que establecen la obligación de instalar sistemas de captación de la energía solar para calentar agua. Estos sistemas son obligatorios cuando se supera cierto límite de consumo de agua caliente, y siempre que las condiciones de instalación sean técnica y económicamente viables.

Seguridad alimentaria

Conviene que el promotor lea con atención el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. En esta ley se detallan gran parte de los requisitos que debe satisfacer en la gestión de una actividad de estas características. Entre otros, se establece el requisito de inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Puede encontrar más información complementaria en la página WEB del Gremi de Restauració de Barcelona.

Utilice esta información para orientarse. Solicite nuestros servicios para obtener un análisis específico de su caso. Le podemos hacer un informe previo que le ayude a tomar decisiones fundadas.


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